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domingo, 8 de abril de 2018

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Ecuavisa y Contraloría coordinan ataque contra Rafael Correa

Ecuavisa ya fue denunciada en 2017 por promocionar la imagen del ex candidato presidencial Guillermo Lasso a cambio de pagos del Banco de Guayaquil y otros intermediarios.


Fuentes del gobierno cercanas, enviaron un documento detallado en el que Ecuavisa pedía al abogado Stalin Raza, conocido opositor del Gobierno de Rafael Correa, buscar la forma de establecer responsabilidades penales en el caso del examen de la “deuda pública”. 

El gobierno de Lenín Moreno, a través de sus operadores comunicacionales, particularmente Andrés Michelena, están buscando la manera de establecer en la opinión pública (a través Teleamazonas, Ecuavisa y diario El Comercio, particularmente), la idea de un “sobrendeudamiento” que en realidad no existe - y que a juicio de nuestra fuente “no tiene pies ni cabeza”, pero contribuye a justificar la falta de operancia del gobierno al que representan.

La estrategia de difusión iniciaría este lunes 9 de abril, como parte de acciones coordinadas entre funcionarios públicos y la televisora. Ecuavisa ya fue denunciada en 2017 por promocionar la imagen del ex candidato presidencial Guillermo Lasso a cambio de pagos del Banco de Guayaquil y otros intermediarios.

ECUAVISA PREPARA DISCURSO POLÍTICO PARA EL INFORME QUE PRESENTARÁ LA CONTRALORÍA SOBRE LA DEUDA PÚBLICA

El 5 de abril de 2018, llega a Ecuavisa un análisis realizado por el abogado Stalin Raza sobre el informe que presentará la Contraloría el día lunes, el cual detalla el análisis sobre la deuda pública obtenida por el Gobierno de Rafael Correa. El análisis está detallado a continuación:

Por los hallazgos que contendría el informe de Contraloría, la Fiscalía General del Estado debería proceder de la siguiente forma:

Iniciar procesos de Investigación Previa por los siguientes delitos:

• Peculado (Art. 278 COIP) por el abuso de fondos públicos comprometidos en los procesos de negociación y pago de la deuda; así como por vulnerar el bien jurídico “correcta administración pública”

• Tráfico de Influencias (Art. 285 inciso segundo COIP), por la realización de negocios (operaciones de endeudamiento) violentando expresas disposiciones legales y reglamentarias (el techo máximo de endeudamiento) Hay que destacar que antes este delito era considerado como uno de los tipos de Peculado y en el COIP fue cambiado por Tráfico de Influencias; o sea, susceptible de prescripción tanto de la acción como de la pena.

• Delincuencia Organizada (Art. 369 COIP) porque se estableció una verdadera estructura administrativa, financiera y normativa para maquillar el endeudamiento contra expresas disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias; especialmente, habrá que determinar responsabilidades por los cambios realizados en las normas legales y reglamentarias para encubrir el exceso; así como para cambiar las modalidades de cálculo y las definiciones mismas de deuda pública.

Ya dentro del proceso de investigación, Fiscalía General del Estado debería realizar principalmente las siguientes diligencias:

• Articular mecanismos de cooperación internacional para que grupos de expertos en investigación de delitos de corrupción se acrediten como peritos y realicen análisis sobre los siguientes aspectos:

• Existencia de la estructura organizada de poder

• Pertinencia de los cambios normativos efectuados para la contratación de la deuda (Compliance); o, por el contrario, incremento de exposición a riesgos con dichos cambios

• Condiciones financieras de la contratación de deuda, comparativamente con las condiciones de mercado internacional de estas operaciones.

• En el ámbito interno, realizar pericias de auditoría forense para contrastar y de ser el caso, corroborar el informe de Contraloría.

• Independientemente de lo antes indicado, de forma INMEDIATA convocar a rendir versiones a todos los involucrados en el informe.

Desde luego, menciona, todo esto será posible solamente cuando ya esté regularizada la crisis interna de Fiscalía y también la del Consejo de la Judicatura.

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